ASISTENCIA A SESIONES DE ÓRGANOS COLEGIADOS EN CALIDAD DE ASESORES JURÍDICOS
Descripción:
Asistencia a las sesiones de órganos colegiados en calidad de asesores jurídicos, no correspondiéndoles el desempeño de las funciones inherentes al puesto de secretaría.
Destinatarios:
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos
Requisitos exigibles:
Se han de cumplir los requisitos expresados en el Reglamento para la Prestación del Servicio de Asistencia a Municipios, publicado en el BOP de 17 de junio de 2014.
De acuerdo con el artículo 2 del Reglamento, los principios de la asistencia sobre los que se asienta la prestación del servicio serán:
- Respeto a la autonomía local.
- Proximidad.
- Racionalidad y adecuación técnica, económica y temporal.
- Disponibilidad de medios y gestión eficiente.
- Cofinanciación.
- Petición.
- Colaboración de las entidades destinatarias de la asistencia.
Documentación Complementaria:
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 del Reglamento para la Prestación del Servicio de Asistencia a Municipios, publicado en el BOP de 17 de junio de 2014, la solicitud de asistencia, así como el desistimiento de las ya cursadas, han de ser suscritas por el representante legal de la respectiva entidad o, en su caso, miembro de ésta con competencia para ello.
En el escrito de solicitud, que irá dirigido al Presidente de la Diputación, se indicará que la asistencia interesada corresponde al Servicio de Asistencia a Municipios.
¿Cuándo solicitar? :
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
En función del procedimiento solicitado
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos
Coste para el solicitante:
Ver Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de determinados servicios de asistencia técnica y material de la Diputación Provincial de Almería a los entes locales de su territorio, publicada en el BOP de 23 de noviembre de 2015.
Atención Presencial:
SECCION DE ASESORAMIENTO JURIDICO
C/ Rambla Alfareros nº 30, 04003 Almería
asistenciamunicipios-juridico@dipalme.org
TF: 950 211 583
Fax: 950 211 589
Horario de atención Presencial:
8:00 a 15:00
Normativa Aplicable:
- Reglamento para la Prestación del Servicio de Asistencia a Municipios, publicado en el BOP de 17 de junio de 2014.
- Modificación del Reglamento
Dependencia Gestora:
SECCIÓN DE ASESORAMIENTO JURÍDICO
APLICACIONES Y TRAMITACIÓN TELEMÁTICA
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