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¿Qué es información pública?
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Es información pública todos los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la administración y del resto de los sujetos obligados por las leyes de transparencia y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
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¿Quién puede acceder a la información?
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Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.
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¿Puede accederse a toda la información?
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Todo ejercicio de un derecho encuentra sus límites cuando puede causar algún perjuicio a otros derechos que merecen también protección. Los límites del derecho de acceso vienen establecidos en la legislación básica estatal.
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¿Cuáles son los límites de acceso?
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Puedes encontrarlos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
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¿Cómo se aplican dichos límites?
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No se aplican de forma automática, sino que lo serán de forma justificada y proporcionada a su objeto y finalidad a proteger, y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente si existe un interés público o privado superior que justifique el acceso.
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¿Cómo puedo acceder a la información?
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Puedes presentar una solicitud de acceso a la información de forma telemática a través de esta página web o puedes descargarte el formulario de solicitud, cumplimentarlo y presentarlo en cualquier oficina de registro.
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Una recomendación antes de presentar tu solicitud
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Puede que la información que deseas ya sea pública o que haya sido solicitada con anterioridad por otra persona y su respuesta haya sido publicada. Te recomendamos que consultes la sección de Publicidad Activa antes de presentar su solicitud.
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¿A quién puedo solicitar la información a través de esta página web?
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A través de esta página puede solicitar información a todos los órganos administrativos y entidades de la Diputación de Almería
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¿Es gratuito el acceso?
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Es gratuita la consulta de la información solicitada en el sitio donde se encuentre así como su entrega por medios electrónicos. La expedición de copias y la trasposición a un formato diferente al original podrán dar lugar a la exigencia de la tasa o precio público correspondiente.
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¿Quién contestara mi solicitud?
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Tu solicitud será contestada por la persona titular del órgano o entidad que sea competente por razón de la materia de la información solicitada.
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¿En qué plazo?
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El plazo para resolver y notificar es de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano o entidad competente. Este plazo podrá prorrogarse por igual periodo cuando sea necesario por el volumen o la complejidad de la información solicitada.
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¿Y si no recibo contestación?
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Transcurrido el plazo anterior sin que haya habido respuesta puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.
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¿Ante quien puedo recurrir la respuesta?
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Si no has recibido respuesta a tu petición o ésta no te satisface, puedes presentar una reclamación, en el plazo de un mes, ante el Consejo de la Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, órgano independiente de control en materia de transparencia.
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¿Puedo presentar directamente un recurso contencioso administrativo?
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También puedes, si lo deseas, presentar directamente un recurso ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Normativa
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Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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Formularios para descargar
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Descargar formulario de solicitud de acceso a información publica.
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¿Aún tienes dudas?
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Si tiene cualquier duda o necesita mas información, puedes:
- Llamar al 950 211 100
- Enviar un Email a organiza@dipalme.org
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