Cód. Expte.: 2024/408640/007-305/00001
Procedimiento: Enajenación directa de la parcela 1-10 del Polígono Industrial con R.C. núm 6162810WG7066S0001KE
En Sorbas, a 18 de junio de 2024.
DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN
DE UNA PARTE:
D. JUAN FRANCISCO GONZÁLEZ CARMONA, con DNI n.º 45****62M, en calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Sorbas con CIF P0408600E, en nombre y representación del Ayuntamiento, y que se haya asistido por Dª Carmen Valenzuela González, Secretaria-Interventora del mismo.
Y DE OTRA PARTE:
D. DIEGO MUNUERA GARCÍA, mayor de edad, con DNI n.º 34****35K, actuando en nombre propio, con domicilio en C/ Córdoba 15, CP 04270 Sorbas (Almería), en su condición de adjudicatario del expediente “Enajenación directa de la parcela 1-10 del Polígono Industrial con R.C. núm 6162810WG7066S0001KE” por adjudicación directa (Expte. Municipal 2024/408640/007-305/00001), considerando que el bien anteriormente descrito fue objeto de subasta pública mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 25 de abril de 2023, cuyo resultado fue la declaración de procedimiento desierto por el mismo órgano en fecha 23 de mayo de 2023 debido a la falta de licitadores (Expte. Municipal 2022/408640/730-500/00003).
Reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes, convienen suscribir el presente contrato, cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son:
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
A la vista de que este ayuntamiento es propietario de los siguientes bienes:
Referencia catastral | 6162810WG7066S0001KE |
Localización | Calle Venezuela nº15. Polígono industrial La Boquera. Sorbas (Almería) |
Clase: | Suelo urbano |
Finca Registral | Finca nº17681 del Registro de la propiedad nº3 de Almería. |
Superficie: | Superficie catastral: 616 m²
Superficie según nota simple del Registro de la Propiedad nº3 de Almería: 615 m².
Superficie según comprobación por el técnico municipal: 616,06 m2 |
Uso: | Industrial |
A la vista de que dichos bienes se encuentran actualmente en desuso.
Considerando que es conveniente para este Municipio la enajenación del bien referido por los siguientes motivos :
Necesidad de obtener fondos para hacer frente a inversiones destinadas a reparar los daños ocasionados por las lluvias en diferentes vías, caminos e infraestructuras. |
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento | Fecha/N.º | Observaciones |
Acuerdo de Junta de Gobierno Local declaración procedimiento desierto anterior | 23/05/2023 |
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Solicitud adjudicación directa del interesado | 17/05/2024 |
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Providencia de Alcaldía | 20/05/2024 |
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Informe de Secretaría | 20/05/2024 |
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Informe de intervención | 20/05/2024 |
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Acuerdo de Junta de Gobierno Local adjudicación directa | 22/05/2024 |
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Notificación adjudicación | 28/05/2024 |
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Abono precio de adjudicación | 29/05/2024 |
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Visto que el bien anteriormente descrito fue objeto de subasta pública mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 25 de abril de 2023, cuyo resultado fue la declaración de procedimiento desierto por el mismo órgano en fecha 23 de mayo de 2023 debido a la falta de licitadores (Expte. Municipal 2022/408640/730-500/00003).
Vista la solicitud de fecha 17 de mayo de 2024, registro de entrada núm. 1424, de D. Diego Munuera García, de adjudicación directa de la antedicha parcela, declarando el compromiso de cumplir las obligaciones dispuestas en el pliego de condiciones que rigió la enajenación declarada desierta, y proponiendo una oferta por favor de 31.047,27 € (25.658,90€ + 5.388,37 €, 21% IVA).
De conformidad con lo previsto en los artículos 21 b) LBELA y artículo 38 b) RBELA, se inició expediente de enajenación por el procedimiento de adjudicación directa del inmueble patrimonial descrito en los antecedentes del Inventario de esta Entidad Local, teniendo en consideración que no se pueden modificar las condiciones originales de enajenación previstas en el correspondiente pliego y que el procedimiento habrá de culminarse en el plazo de un año, computado a partir del acuerdo adoptado declarando tales circunstancias.
Visto que mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 22 de mayo de 2024 se acordó enajenar el bien descrito en los antecedentes a D. DIEGO MUNUERA GARCÍA en las condiciones que figuran en su oferta y en Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la enajenación.
Visto que el adjudicatario en fecha 29 de mayo de 2024 ha realizado el pago de 31.047,27 € (25.658,90€ + 5.388,37 €, 21% IVA), que se corresponde con el importe de adjudicación.
Conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicador y adjudicatario, el presente contrato de enajenación del bien patrimonial parcela con R.C. 6162810WG7066S0001KE sita en Calle Venezuela nº15 Polígono industrial La Boquera. Sorbas (Almería) por concurso (parcela 1-10), lo formalizan en este documento administrativo, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA.- D. JUAN FRANCISCO GONZÁLEZ CARMONA, Alcalde del Ayuntamiento de Sorbas y en representación del mismo, vende en este acto a D. DIEGO MUNUERA GARCÍA, la Parcela 1-10 (R.C. 6162810WG7066S0001KE), sita en Calle Venezuela nº15 Polígono industrial La Boquera. Sorbas (Almería), en el estado actual que el adquiriente declara conocer.
SEGUNDA.- El precio de este contrato es de 31.047,27 € (25.658,90€ + 5.388,37 €, 21% IVA) y su abono ha sido efectuado por D. DIEGO MUNUERA GARCÍA a favor del Ayuntamiento de Sorbas con fecha 29 de mayo de 2024.
TERCERA. Las partes se obligan a elevar a escritura pública la presente enajenación. El adjudicatario deberá pagar todos los impuestos que legalmente graven la transmisión, así como los demás gastos que implique, en particular los derivados de la elevación de la misma a documento público notarial, así como la inscripción en el Registro de la Propiedad.
CUARTA.-El adjudicatario presta su conformidad al pliego de condiciones que rige este contrato y se somete para lo no previsto en él, a los preceptos de la Ley 9/2017 de contratos del Sector Público, Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y demás normativa concordante.
Para cuantas cuestiones y litigios que puedan derivarse del cumplimiento de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción civil de los Tribunales de Almería con renuncia expresa de cualquier otro fuero y domicilio que en derecho pudiera corresponderles.
Para la debida constancia de todo lo convenido, se firma este contrato en el lugar y fecha al principio mencionado.
El Alcalde El adjudicatario La Secretaria municipal
Juan Fco. González Carmona Diego Munuera García Carmen Valenzuela González.